Ebitemp ha creado un fondo de garantía para la concesión de pequeños préstamos personales a condiciones favorables. El fondo se ha activado mediante un acuerdo con el Banco Monte dei Paschi di Siena.

Condiciones del préstamo
Importe: hasta 2.500 euros
Tipo de interés: cero
Comisiones de apertura : exento

Importe: de 2.501 euros a 4.000 euros
Tipo de interés: 3%
Comisiones de apertura: exento

Importe: de 4.001 euros a 10.000 euros
Tipo de interés: 4%
Comisiones de apertura: exento

Quién puede solicitar el préstamo

Pueden solicitar el préstamo personal los trabajadores suministrados a plazo que dependen de las Agencias para el Empleo asociadas a Ebitemp que, en el momento de solicitarlo, tengan un período de misión residual de un mes como mínimo.

Quién decide acerca del préstamo

Las solicitudes serán examinadas por una comisión que, en su decisión, tendrá en cuenta las motivaciones y necesidades a la base de la solicitud. La comisión se reserva la facultad de solicitarle mayor información al trabajador. En caso de decisión positiva, Ebitemp enviará la solicitud al Banco para que conceda el préstamo.

Cuánto dinero se puede pedir prestado

El Fondo de Garantía constituido para el acceso al crédito garantiza las prestaciones a los trabajadores suministrados con arreglo a las siguientes modalidades.
En el crédito al consumo, correspondiente a los préstamos de 1.000 a 4.000 euros, se distinguen tres franjas:

•    para préstamos hasta 1.000 euros no se tendrá en cuenta la motivación que de todos modos se solicita; sigue siendo necesaria para su concesión la misión de 30 días por lo menos y la compatibilidad económica (valoración en función de la remuneración)
•    para préstamos de 1.000 a 2.500 euros, la comisión sopesará la motivación: en este caso también se requiere una misión de 30 días como mínimo y la compatibilidad económica
•    sólo se les conceden préstamos a partir de  2.500 y hasta 4.000 euros a los trabajadores que ya hayan reembolsado un préstamo de al menos 1.000 euros concedido por Ebitemp. La comisión sopesará la motivación: siempre se requiere una misión de 30 días por lo menos y la compatibilidad económica.

El préstamo se les concederá a todos los trabajadores que ya hayan reembolsado por completo  este organismo un préstamo anterior. La comisión sopesará la motivación y es necesaria una misión residual de cuatro meses como mínimo y la compatibilidad económica. Al trabajador se le pide asimismo que presente su declaración de la renta, una cuenta corriente y la devolución del préstamo a plazos. 
En la solicitud, los trabajadores deben indicar el importe del préstamo y el número de plazos mensuales en que tienen intención de devolverlo.
Normalmente, el pago aplazado podrá alcanzar un máximo de 9 meses después del vencimiento del contrato para importes de hasta 4.000,00 euros.  Para importes de 4.000,00 a 10.000,00 euros podrá llegar hasta un máximo de 42 meses.

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