Ebitemp garantiza reembolsos y subsidios para afrontar los gastos sanitarios, en particular los sufragados con motivo de ingresos hospitalarios para grandes intervenciones quirúrgicas de pago.
La tutela sanitaria está destinada a los trabajadores suministrados (tanto con contrato temporal como indefinido) por las Agencias para el Empleo asociadas a Ebitemp, así como a los familiares que los mismos tengan a su cargo desde el punto de vista contributivo.
Es válida durante los períodos de misión y, en caso de trabajadores suministrados con contrato temporal, durante los 120 días siguientes al cese de la relación laboral, si se han llevado a cabo una o más misiones con una duración total de más de 30 días en el plazo de 120 días naturales.

Se reconocen las siguientes prestaciones:
•    reembolso de los gastos correspondientes a grandes intervenciones quirúrgicas de pago
•    reembolso de los gastos antes y después de intervenciones quirúrgicas de pago
•    subsidio para otras hospitalizaciones
•    reembolso de cuotas de pago de las prestaciones
•    reembolso de los gastos de dentista

Reembolso de los gastos para grandes intervenciones quirúrgicas de pago

La protección cubre:
•    gastos correspondientes a grandes cirugías incluidas en la lista prevista en el convenio
•    gastos de hospitalización, quirófano, médicos, pruebas, medicamentos, prótesis, tratamientos de fisioterapia, etc
•    en caso de transplantes de órganos, los gastos de hospitalización del donante para someterle a pruebas diagnósticas, la asistencia médica y de enfermería, la intervención quirúrgica de extracción del órgano, los tratamientos, medicamentos y costes de hospitalización.
Se aplica un máximo de 40.000 euros al año por persona, salvo una carencia de 1.000 euros por hospitalización.

Reembolso de gastos antes y después de intervenciones quirúrgicas de pago

La protección cubre:
•    los gastos correspondientes a pruebas diagnósticas, incluidos los honorarios de los médicos, efectuadas en los 90 días anteriores y siguientes a la hospitalización
•    los gastos correspondientes a pruebas, medicamentos, prestaciones médicas y de enfermería, tratamientos de fisioterapia y rehabilitación, adquisición y alquiler de aparatos protésicos y sanitarios (incluidas sillas de ruedas ortopédicas), efectuados en los 120 días siguientes al final de la hospitalización y que la intervención quirúrgica haya hecho necesarios
Se aplica un máximo de 40.000 euros al año por persona.

Subsidio por otras hospitalizaciones

La protección prevé un subsidio diario para todo tipo de hospitalizaciones (distintas de las de pago por grandes intervenciones quirúrgicas) debidas a enfermedades o parto, con o sin intervención quirúrgica. Los subsidios se pagan en las siguientes medidas:
•    del 3er al 30° día de hospitalización: subsidio diario de 20 euros
•    del 31° al 62° día de hospitalización: subsidio diario de 40 euros
•    en caso de hospitalización debido a gran intervención quirúrgica (realizada en centros que no sean de pago): subsidio diario de 40 días a partir del primer día de hospitalización y durante 60 días como máximo
Puede acogerse a la asistencia todo ingreso en hospital, clínica, centro universitario o sanatorio concertados autorizados a facilitar asistencia hospitalaria, con la salvedad de los balnearios, centros de convalecencia y residencias y clínicas con finalidades predominantemente dietéticas y/o estéticas.

Reembolso de cuotas pagadas

La protección garantiza el reembolso del 100% de las cuotas pagadas a las ASL, a los Gestores de áreas de salud o a los centros sanitarios privados concertados con los gobiernos regionales para:
•    pruebas de laboratorio (como análisis de sangre y orina)
•    diagnóstico instrumental (como radiografías, ecografías, TAC, resonancia magnética, MOC, gamagrafía, electrocardiogramas de todo tipo, ecocardiograma, electroencefalograma, electromiografía, endoscopias de todo tipo, doppler)
•    visitas con especialistas
•    operaciones en cirugía ambulatoria realizadas por un médico

Odontología

Está previsto el reembolso de los gastos de dentista para las prestaciones y en la medida prevista en las tarifas específicas.
El máximo anual reembolsable por persona asciende a 600 euros. El derecho a solicitar el reembolso de los gastos del dentista expira a los 90 días de la fecha de la factura.

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